Ley 27.399: El Régimen General de Feriados Nacionales
En la República Argentina, el régimen de días festivos está regulado por la Ley Nacional 27.399 y coordinado anualmente por el Ministerio del Interior. Esta ley establece con precisión la categorización de los días festivos en el país, distinguiendo entre feriados inamovibles, trasladables y días no laborables con fines de promoción turística.
Clasificación Oficial de los Feriados
El sistema argentino clasifica las fechas bajo cuatro criterios fundamentales:
1. Feriados Nacionales Inamovibles: Fechas patrias y universales que no cambian de día (1 de Enero, 24 de Marzo, 2 de Abril, 1 de Mayo, 25 de Mayo, 20 de Junio, 9 de Julio, 8 de Diciembre, 25 de Diciembre y los feriados de Carnaval).
2. Feriados Trasladables: Según el artículo 6 de la Ley 27.399, aquellos que coincidan con días martes o miércoles se trasladan al lunes anterior; los que caigan en jueves o viernes se trasladan al lunes siguiente.
3. Feriados con Fines Turísticos: El Poder Ejecutivo Nacional puede fijar anualmente hasta tres días destinados a generar fines de semana largos consecutivos.
4. Días No Laborables por Culto: La ley otorga exenciones laborales a miembros de la comunidad judía (Pésaj, Rosh Hashaná, Iom Kipur) y de la comunidad islámica (Año Nuevo Musulmán, Eid al-Fitr, Eid al-Adha).
Diferencia Legal entre Feriado y Día No Laborable
En un feriado nacional rigen las normas legales sobre el descanso dominical (se cobra el día y si se trabaja se paga doble). En los días no laborables, el trabajo es optativo para el empleador privado, abonándose el salario simple sin recargo si se presta servicio.
Especificaciones de Impresión A4
Los calendarios para Argentina están formateados en norma DIN A4 (210 × 297 mm). Al ser archivos PDF vectoriales puros, garantizan trazos limpios, lectura visual inmediata de las fechas conmemorativas y un consumo eficiente de tinta.