Marco Legal: Decreto Legislativo Nº 713
El régimen de descansos remunerados y feriados nacionales en el Perú está normado por el Decreto Legislativo Nº 713 y su reglamento (Decreto Supremo Nº 012-92-TR). Todo trabajador tiene derecho al descanso remunerado en los días feriados declarados por ley, percibiendo la remuneración ordinaria correspondiente a un día de labor.
Catálogo de Feriados Nacionales y Nuevas Incorporaciones
El calendario peruano cuenta con 16 feriados nacionales oficiales: Año Nuevo, Jueves y Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de Mayo), Batalla de Arica y Día de la Bandera (7 de Junio), San Pedro y San Pablo (29 de Junio), Conmemoración de José Abelardo Quiñones (23 de Julio), Fiestas Patrias (28 y 29 de Julio), Batalla de Junín (6 de Agosto), Santa Rosa de Lima (30 de Agosto), Combate de Angamos (8 de Octubre), Todos los Santos (1 de Noviembre), Inmaculada Concepción (8 de Diciembre), Batalla de Ayacucho (9 de Diciembre) y Navidad (25 de Diciembre).
Sobretasa por Trabajo en Feriado y Días No Laborables Compensables
En caso de que el trabajador preste servicios en día feriado sin descanso sustitutorio en otra fecha, el empleador está obligado a pagar la remuneración por el feriado más una sobretasa del 100% sobre el valor del trabajo realizado (triple remuneración diaria). Asimismo, el Poder Ejecutivo decreta anualmente 'días no laborables compensables' para el sector público para estimular el turismo interno.
Especificaciones de Impresión A4
Los calendarios descargables para Perú están calibrados para impresión en hojas DIN A4 (210 × 297 mm). Al ser archivos PDF vectoriales, aseguran trazos geométricos nítidos y un gasto mínimo de consumibles tanto en láser como inyección de tinta.